La responsabilidad penal de la persona jurídica ha vuelto al primer plano tras la apertura de juicio oral contra el BBVA en la Audiencia Nacional. El 9 de julio de 2026, el juez Antonio Piña acordó sentar en el banquillo a la entidad, a su expresidente Francisco González y a otras catorce personas por los encargos presuntamente ilegales al excomisario José Manuel Villarejo. En Rodríguez & Mendoza Abogados analizamos qué significa este caso para cualquier empresa investigada penalmente en España.
Además, explicamos por qué el artículo 31 bis del Código Penal convierte hoy a las sociedades en posibles acusadas. Por tanto, ninguna compañía queda a salvo cuando sus controles internos fallan. A continuación, desglosamos los cargos, las penas solicitadas y la estrategia de defensa que aplicamos ante estos procedimientos.
Si estás siendo investigado por fraude fiscal, la intervención temprana de un abogado especialista es esencial.
El caso BBVA-Villarejo y la responsabilidad penal de la persona jurídica
La Audiencia Nacional investiga estos hechos dentro de la pieza 9 de la macrocausa Tándem. Según el auto, el BBVA habría contratado a la trama del comisario Villarejo entre 2004 y 2016 para espiar a empresarios, periodistas y cargos públicos. En consecuencia, la entidad afronta el juicio como persona jurídica acusada, y no solo sus antiguos directivos.
El instructor envía a juicio al banco por un delito de cohecho y 52 delitos de descubrimiento y revelación de secretos. Puede consultar la nota sobre la apertura de juicio oral para conocer el detalle. Además, el juez fijó una fianza de 1,17 millones de euros para cubrir posibles responsabilidades civiles.
Los cargos contra las personas físicas son aún más amplios. A Francisco González se le atribuyen cohecho activo y pasivo, 42 delitos de revelación de secretos, grupo criminal, administración desleal y falsedad documental. Por su parte, la Fiscalía solicita penas que suman 173 años para el expresidente y 216 para Villarejo.
Estos delitos aparecen regulados en el Código Penal. El cohecho se castiga en los artículos 419 y siguientes; la revelación de secretos, en los artículos 197 y 198; y la pertenencia a organización o grupo criminal, en los artículos 570 bis y 570 ter. Por ello, la exposición penal del caso resulta muy elevada.
Qué implica el artículo 31 bis del Código Penal para su empresa
Desde la reforma de 2010, las sociedades pueden ser condenadas penalmente. En concreto, el artículo 31 bis permite imputar a una empresa cuando el delito se comete en su beneficio y falla la vigilancia interna. Por tanto, el viejo principio societas delinquere non potest ya no rige en España.
Sin embargo, la ley también ofrece una salida clara. Una empresa queda exenta si acredita un modelo de organización y gestión eficaz, es decir, un programa de compliance real. No basta con tener un documento archivado; además, hay que demostrar su implantación, su supervisión y su respuesta ante incidencias.
En el caso BBVA, la defensa sostiene que existía un código ético. No obstante, la Audiencia Nacional considera que su eficacia debe valorarse en el juicio y que los indicios apuntan a un control insuficiente. Así, cuando los propios responsables de auditoría o control interno figuran entre los acusados, resulta difícil sostener que el modelo funcionaba.
Esta es la clave para cualquier compañía. Un programa de cumplimiento bien diseñado puede evitar o atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica. Por el contrario, un modelo meramente formal deja a la empresa expuesta a multas millonarias e incluso a su disolución, según el artículo 33.7 del Código Penal. En estos escenarios conviene contar con un abogado especializado en derecho penal económico desde el primer momento.

Cuándo necesita un abogado penalista especializado en empresas
No todos los procedimientos exigen la misma respuesta. Sin embargo, ciertas señales indican que debe actuar con urgencia. Estas son las situaciones más habituales que atendemos en la Audiencia Nacional:
- Si su empresa recibe una citación como investigada o acusada en un procedimiento penal.
- Cuando la Fiscalía o un juzgado solicita su modelo de prevención de delitos y documentación interna.
- Si un directivo o empleado está imputado por hechos cometidos en beneficio de la sociedad.
- Cuando detecta pagos, contratos o facturas que podrían encubrir un cohecho o una administración desleal.
- Si necesita revisar o implantar un programa de compliance antes de que surja el problema.
¿Puede ir a juicio una empresa en España?
Sí. Desde 2010, el artículo 31 bis del Código Penal permite que una sociedad sea investigada, acusada y condenada. La empresa se sienta en el banquillo como persona jurídica, con independencia de la responsabilidad de sus directivos.
¿Cómo puede una empresa evitar la responsabilidad penal?
La vía principal es un programa de compliance eficaz, adoptado antes del delito y supervisado por un órgano con autonomía. Si se acredita que el modelo funcionaba y que el autor lo eludía de forma fraudulenta, la empresa puede quedar exenta.
¿Qué penas puede sufrir una persona jurídica?
El artículo 33.7 del Código Penal prevé multas proporcionales, suspensión de actividades, inhabilitación para contratar con el sector público e incluso la disolución de la sociedad. Son penas graves que afectan a la continuidad del negocio.


