La prueba pericial en la Audiencia Nacional puede decidir una causa mucho antes del juicio. Así lo confirma el auto dictado el 6 de octubre de 2026 en el caso Plus Ultra. En él, el juez José Luis Calama rechazó el recurso de reforma de la defensa de José Luis Rodríguez Zapatero. La defensa se oponía a que la joyería Yanes realizara una segunda tasación de las joyas intervenidas en su despacho. Para quien afronta una investigación en Madrid ante este tribunal, el mensaje es claro: la elección del perito corresponde al instructor. La defensa solo puede discutirla con argumentos objetivos y en el momento oportuno. Por ello, la estrategia pericial debe diseñarse desde la primera citación. En Rodríguez & Mendoza Abogados revisamos cada informe técnico con contrapericias independientes y control de la metodología. En causas económicas, una cifra puede marcar la frontera entre un ilícito administrativo y un delito.
Si tienes un procedimiento en la Audiencia Nacional, la intervención temprana de un abogado especialista es esencial.
Caso Plus Ultra: qué ha resuelto el juez sobre la prueba pericial en la Audiencia Nacional
El auto, difundido por Europa Press a través de Infobae, desestima el recurso de reforma de la defensa del expresidente. La defensa planteaba dos objeciones. En primer lugar, cuestionaba la imparcialidad de la joyería tras unas declaraciones públicas de su director general sobre el valor de las piezas. Además, reprochaba al juzgado no explicar por qué no encargó la ampliación a los profesionales que firmaron el primer dictamen.
Calama responde que, una vez apreciada la utilidad de una nueva pericia, elegir al experto es una facultad del juez. Forma parte de la discrecionalidad técnica y procesal del instructor. Ese margen solo cede ante circunstancias objetivas que pongan en duda su capacidad o su imparcialidad. Sobre esta última, el magistrado recuerda que ya la resolvió en un auto anterior. Por tanto, mantiene el encargo y descarta cualquier indefensión.
La diligencia se enmarca en la pieza separada abierta por presuntos delitos fiscal y de contrabando. La joyería Ansorena tasó de forma preliminar las joyas en 1,3 millones de euros. Por su parte, la defensa sostiene que las piezas de mayor valor fueron un regalo de la Casa Real de Arabia Saudí en 2007. Conviene subrayarlo: el expresidente es investigado y goza de la presunción de inocencia. Ninguna resolución de instrucción prejuzga su responsabilidad penal.
La causa principal examina el rescate público de 53 millones de euros concedido a Plus Ultra en 2021. Según The Objective, el juez ha citado como investigado para el 16 de octubre al financiero Simon Leendert Verhoeven, señalado como presunto cerebro financiero de la trama y entregado a España desde Alemania. Asimismo, Infobae recoge nuevas citaciones para el 19 y el 30 de noviembre. En consecuencia, la prueba pericial en la Audiencia Nacional seguirá marcando el ritmo de esta instrucción.
El marco legal de la prueba pericial en la Audiencia Nacional
La Ley de Enjuiciamiento Criminal regula el informe pericial de la instrucción en sus artículos 456 a 485. El juez lo acuerda cuando hacen falta conocimientos científicos o artísticos. Además, la ley permite a las partes designar un perito propio a su costa. También prevé la recusación por causas tasadas, como el interés directo o indirecto en la causa o la enemistad manifiesta. Este régimen general rige igualmente la prueba pericial en la Audiencia Nacional.
En las causas económicas, la valoración no es un simple detalle técnico. El Código Penal exige una cuota defraudada superior a 120.000 euros para que el fraude tributario sea delito. Del mismo modo, la Ley Orgánica de represión del contrabando establece umbrales de valor para el delito. Por ello, una tasación al alza o a la baja puede situar los hechos a uno u otro lado del Código Penal. Ese riesgo exige el apoyo de un abogado penal económico en Madrid desde el primer momento.

Cómo se defiende un investigado frente a la prueba pericial en la Audiencia Nacional
El auto deja una lección práctica. Discutir quién es el perito tiene un recorrido limitado. En cambio, discutir cómo trabaja ofrece un margen real. Por eso, una defensa eficaz frente a la prueba pericial en la Audiencia Nacional se centra en tres frentes. Estos son la metodología, las fuentes de valoración y la cadena de custodia de los objetos examinados.
Contrapericia, recusación y ratificación en juicio
En primer lugar, conviene encargar una contrapericia independiente desde el inicio. Un informe de parte bien fundamentado obliga al tribunal a contrastar criterios. En segundo lugar, la recusación debe plantearse a tiempo y con hechos objetivos. Las sospechas genéricas, como muestra este caso, no suelen prosperar. Si el instructor rechaza la reforma, todavía cabe la apelación ante la Sala de lo Penal.
A continuación, la defensa debe pedir estar presente en el reconocimiento de los objetos cuando la ley lo permite. Así puede formular observaciones y dejar constancia de cualquier irregularidad. Finalmente, el informe de instrucción no es una sentencia. Como regla general, los peritos deben ratificar su dictamen en el juicio oral. Allí la defensa puede interrogarlos con plena contradicción.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo insiste en que los dictámenes periciales no vinculan al tribunal, que los valora conforme a las reglas de la sana crítica. Lo reitera, por ejemplo, la STS 341/2026, de 13 de mayo. Ese margen de valoración abre una puerta a la defensa. En definitiva, ante la prueba pericial en la Audiencia Nacional, la estrategia se construye en la instrucción y se demuestra en el juicio.
Cuándo necesita un abogado especialista en la Audiencia Nacional
La intervención temprana marca la diferencia en una macrocausa. Conviene contar con un abogado especializado en la Audiencia Nacional en estos supuestos:
- Si ha recibido una citación como investigado de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, el órgano que sustituye a los juzgados centrales tras la Ley Orgánica 1/2025.
- Cuando el juez acuerda una prueba pericial en la Audiencia Nacional sobre bienes, cuentas o documentos que le afectan.
- Si la valoración de un bien puede decidir si los hechos alcanzan el umbral de un delito fiscal o de contrabando.
- Cuando la investigación se divide en piezas separadas y necesita una estrategia coherente en todas ellas.
- Si le han intervenido bienes en un registro y quiere acreditar su origen lícito con documentación y peritos propios.
- Cuando quiere recurrir en reforma o en apelación una diligencia que considera innecesaria o desproporcionada.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recusar a un perito designado por el juez en una causa penal?
Sí, pero solo por causas legales y objetivas, como el interés en la causa, el parentesco o la enemistad manifiesta. La recusación debe plantearse en el momento procesal oportuno. Las meras declaraciones públicas o las sospechas genéricas no suelen bastar.
¿Qué valor tiene la prueba pericial de instrucción en la Audiencia Nacional?
La prueba pericial practicada en la Audiencia Nacional durante la instrucción orienta la investigación, pero no equivale a una condena. Como regla general, el perito debe ratificar su informe en el juicio oral. Allí la defensa puede interrogarlo y presentar su propia contrapericia.
¿Puede una tasación convertir un ilícito fiscal en delito?
Sí. El delito fiscal exige una cuota defraudada superior a 120.000 euros, y el contrabando también depende de umbrales de valor. Por eso, una valoración rigurosa y contrastada resulta decisiva para la defensa.


