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Derecho a no declarar: por qué el investigado del caso Plus Ultra calló primero y habló después

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El derecho a no declarar no es una forma de esconderse, sino una herramienta de defensa. El caso Plus Ultra acaba de demostrarlo. La investigación señala al financiero neerlandés Simon Leendert Verhoeven como presunto gestor del entramado financiero. Cuando Alemania lo entregó a España, se acogió a su derecho a no declarar. Sin embargo, el 16 de octubre sí respondió ante el juez José Luis Calama en la Audiencia Nacional. Negó haber blanqueado dinero del rescate y aseguró que desconocía la ayuda pública de 53 millones. Entre una comparecencia y otra, su defensa tuvo tiempo de estudiar la causa. En Rodríguez & Mendoza Abogados lo explicamos a cada cliente en Madrid desde la primera llamada. La decisión de callar o hablar se toma con la causa estudiada, nunca a ciegas.

Si tienes un procedimiento en la Audiencia Nacional, la intervención temprana de un abogado especialista es esencial.

Caso Plus Ultra: del derecho a no declarar a la declaración ante el juez

Según recogió Europa Press a través de Infobae, Verhoeven fue detenido en septiembre en Alemania y entregado a España. Ingresó primero en prisión provisional en Soto del Real. Después pasó a disposición judicial, se acogió a su derecho a no declarar y el juez acordó su libertad. A cambio, le retiró el pasaporte, le prohibió salir de España y le impuso comparecencias cada dos días.

El 16 de octubre, ya en libertad, declaró como investigado. Según las mismas fuentes, negó cualquier participación en el blanqueo. Explicó, además, que había prestado 2,1 millones de euros a la aerolínea. También afirmó que no reconoce su firma en los contratos que Plus Ultra ha aportado a la causa. Sí la reconoce, en cambio, en otros que se investigan en Suiza. Por último, justificó que los relojes, las joyas y los lingotes de oro intervenidos en su casa de Mallorca procedían de sus actividades legales.

El juez lo investiga por presuntos delitos de apropiación indebida, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal. La versión de la acusación, que recoge también EFE, sitúa en sociedades vinculadas al financiero parte de los fondos del rescate. Conviene subrayarlo: se trata de una instrucción abierta y el investigado goza de la presunción de inocencia.

Qué protege el derecho a no declarar

El artículo 24.2 de la Constitución reconoce a todos el derecho a no declarar contra sí mismos y a no confesarse culpables. La Ley de Enjuiciamiento Criminal lo desarrolla en sus artículos 118 y 520. Así, el investigado puede guardar silencio, contestar solo a algunas preguntas o responder únicamente a su abogado. Además, no presta juramento de decir verdad.

Por otra parte, el silencio de hoy no cierra la puerta a mañana. El artículo 400 de la misma ley permite al investigado declarar cuantas veces quiera mientras la causa esté en instrucción. Por eso, ejercer el derecho a no declarar en la primera comparecencia y hablar después es una estrategia legítima y frecuente en las macrocausas.

Cuándo conviene ejercer el derecho a no declarar en la Audiencia Nacional

En las causas complejas, la primera citación suele llegar sin que la defensa conozca todo el material de la investigación. A veces, incluso, la causa está parcialmente bajo secreto. Declarar en esas condiciones supone responder a preguntas cuyo alcance no se conoce. En cambio, callar permite estudiar los informes policiales, los documentos y las periciales antes de dar una versión.

No obstante, el silencio no siempre es la mejor opción. Cuando el investigado tiene una explicación documentada y sencilla, darla pronto puede evitar medidas cautelares o incluso el archivo de la causa. Además, hay comparecencias en las que el juez decide sobre la prisión provisional. En ese momento, una explicación coherente puede pesar en la balanza. Por tanto, la decisión depende de cada caso y debe tomarse con el abogado.

El silencio no puede suplir la falta de pruebas

Una duda frecuente es si callar perjudica. La respuesta del Tribunal Supremo es clara. El Supremo sigue la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Murray. Según ella, el silencio del acusado no puede sustituir la ausencia de prueba de cargo. Lo recuerda, entre otras, la STS 295/2026, de 22 de abril. Solo cuando existen pruebas sólidas que reclaman una explicación, el tribunal puede valorar que el acusado no la haya dado.

En definitiva, ejercer el derecho a no declarar no equivale a reconocer los hechos. Ahora bien, tampoco es un escudo absoluto si la prueba ya apunta con claridad al investigado. Por eso, el momento de hablar se elige con estrategia.

Qué ocurre si el investigado declara y después cambia su versión

Las contradicciones entre declaraciones pueden utilizarse en el juicio oral. Por ello, cuando el investigado decide hablar, su relato debe estar preparado y respaldado por documentos. En el caso Plus Ultra, por ejemplo, la cuestión de las firmas no reconocidas podrá aclararse mediante una pericial caligráfica. Así, lo dicho en instrucción quedará contrastado con prueba técnica.

Cuándo necesita un abogado especialista en la Audiencia Nacional

Un abogado especializado en la Audiencia Nacional resulta decisivo desde el primer contacto con la causa. Conviene acudir a él en estos supuestos:

  • Si ha recibido una citación como investigado y no sabe si declarar o acogerse a su derecho a no declarar.
  • Cuando ha sido detenido en el extranjero en virtud de una orden europea de detención y va a ser entregado a España.
  • Si la causa está bajo secreto de sumario y desconoce qué le atribuyen.
  • Cuando el juez va a decidir sobre su prisión provisional o sobre medidas como la retirada del pasaporte.
  • Si le investigan por blanqueo de capitales u organización criminal en una causa con varias jurisdicciones.
  • Cuando quiere ampliar su declaración tras haber guardado silencio en la primera comparecencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acogerme al derecho a no declarar y declarar más adelante?

Sí. El investigado puede guardar silencio en una comparecencia y pedir declarar después. La Ley de Enjuiciamiento Criminal le permite declarar cuantas veces quiera durante la instrucción.

¿Guardar silencio me perjudica ante el juez?

El silencio no es una prueba de culpabilidad ni puede suplir la falta de pruebas. Solo cuando la prueba de cargo es sólida y exige una explicación, el tribunal puede tener en cuenta que el acusado no la ofreciera.

¿Puedo contestar solo a las preguntas de mi abogado?

Sí. El derecho a no declarar permite elegir a qué preguntas responder. Es habitual contestar solo a la defensa para dar una versión ordenada sin someterse al interrogatorio de las acusaciones.

Rodríguez & Mendoza | despacho de abogados penal en Madrid

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